EL CÓDICE

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Año 2026
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Real Decreto 537/2026, de 30 de junio, por el que se modifican el Real Decreto 819/2021, de 28 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones a las explotaciones agrarias de titularidad compartida, y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2021, el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, y el Real Decreto 938/2025, de 21 de octubre, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones en materia agroalimentaria y pesquera.

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

BOE-A-2026-14763

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Hablando claro

El Gobierno reduce de 5 a 3 años el tiempo que las explotaciones agrarias de titularidad compartida deben mantenerse registradas y que sus dueños deben estar dados de alta en la Seguridad Social después de recibir una subvención de este programa. También añade como causa para terminar estas obligaciones el hecho de sufrir violencia de género acreditada. Además, simplifica los trámites eliminando la obligación de declarar otras ayudas de minimis recibidas, ya que la Administración puede consultarlo directamente en su base de datos.

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Cómo te afecta

Si eres titular de una explotación agraria de titularidad compartida beneficiaria de estas subvenciones, pasarás de tener que cumplir obligaciones durante 5 años a solo 3 años, lo que reduce la carga administrativa. Si sufres violencia de género acreditada, ya no tendrás que cumplir estas obligaciones. También se simplifican los trámites al no necesitar presentar documentos sobre otras ayudas recibidas, porque la Administración lo comprobará directamente.