Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Lleida n.º 2 a anular una inscripción ya practicada de la representación gráfica georreferenciada de una finca.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-14835
Hablando claro
Una mujer propietaria de una finca en Lleida reclama que se anule un trámite registral (la inscripción de coordenadas georreferenciadas de una finca colindante) porque dice que no fue notificada debidamente, aunque la notificación se envió a su marido en el domicilio conjunto. La registradora rechazó su solicitud argumentando que el procedimiento ya estaba cerrado y que la notificación al domicilio conyugal era válida. Ahora, la Dirección General de Seguridad Jurídica resuelve este recurso administrativo que la mujer interpuso contra esa negativa.
Cómo te afecta
Si eres propietario de una finca colindante a otra que está siendo registrada con nuevas coordenadas geográficas, debes saber que los registradores pueden notificar a través del domicilio conyugal, incluso si la carta va a nombre de tu cónyuge, y que una vez completado el trámite de georreferenciación, la inscripción está protegida por los tribunales y solo puede modificarse por decisión judicial o solicitud del titular registral de esa finca.
Fuente oficial