Resolución de 26 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Alicante n.º 5, por la que se suspende la inscripción de ciertos pactos en una escritura de préstamo hipotecario de carácter empresarial para la construcción de viviendas de alquiler social o asequible.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-14844
Hablando claro
El Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha ganado un recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica contra la decisión del registrador de Alicante que había rechazado inscribir ciertos pactos de un préstamo hipotecario para construir viviendas de alquiler social. El ICO había prestado dinero a una empresa para financiar la construcción de viviendas asequibles en San Juan de Alicante, pero el registrador suspendió la inscripción de varias cláusulas del contrato por considerarlas inapropiadas o fuera del alcance de lo que debe registrarse en una hipoteca.
Cómo te afecta
Afecta al ICO (el prestamista), que consigue que se reconozca su derecho a que se inscriban los pactos del préstamo hipotecario. También afecta a la empresa prestataria (Vivasval 2, S.L.), porque la resolución aclara qué cláusulas del contrato de préstamo tienen validez registral y cómo está garantizada su hipoteca sobre el terreno.
Fuente oficial