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Año 2026
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Resolución de 30 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa realizada por el registrador de la propiedad de Morón de la Frontera a inscribir un testimonio de decreto de adjudicación y mandamiento de cancelación dictados en el seno de un procedimiento de ejecución hipotecaria seguido sobre varias fincas.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-14846

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Hablando claro

El Banco Santander consiguió que le adjudicasen 11 viviendas en una ejecución hipotecaria (después de que la subasta no tuviera pujadores), pero el registrador de la propiedad rechazó inscribir esa adjudicación porque el juzgado no especificó cuánto le corresponde a cada vivienda ni cómo se reparte entre capital, intereses y costas. La Dirección General de Seguridad Jurídica ha resuelto el recurso del banco revocando esa negativa: considera que no era obligatorio ese desglose porque la deuda era única y no hay riesgo de que el banco haya recibido más de lo que le debían.

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Cómo te afecta

Afecta a Banco Santander, que ahora puede inscribir en el registro de la propiedad la adjudicación de esas 11 viviendas sin necesidad de que el juzgado especifique el precio individual de cada una. También afecta al registrador de la propiedad de Morón de la Frontera, que debe aceptar la inscripción del decreto de adjudicación tal como está redactado, con el importe total de la deuda.