EL CÓDICE

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Año 2026
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Orden ECM/687/2026, de 17 de junio, por la que se establecen los criterios para la designación de los vocales del Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.

Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

BOE-A-2026-14870

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Hablando claro

El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa establece cómo deben elegirse los representantes que formarán parte del Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España a partir de diciembre de 2026. Los criterios que se fijan son que cada comunidad autónoma designe a su presidente de Cámara más importante según el número de empresas registradas, y que se elijan también los ocho representantes de las comunidades con más empresas, priorizando a miembros recién elegidos en las renovaciones de los plenos autonómicos.

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Cómo te afecta

Afecta a las administraciones públicas autonómicas (consejerías de Comercio o equivalentes) que deben proponer y designar a los vocales que representarán a sus respectivas Comunidades Autónomas en el Pleno de la Cámara de España. También afecta a los presidentes de las Cámaras de Comercio regionales, pues los criterios determinan cuáles tendrán representación en el órgano nacional y bajo qué condiciones.