Resolución de 19 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Santa Pola n.º 1, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico por no aportarse documento acreditativo del cambio de titular de la licencia, ni autorización de la junta de propietarios.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-14977
Hablando claro
La empresa Casagrande Properties LTD no puede inscribir su vivienda en Santa Pola como alojamiento turístico de alquiler corto porque le falta la autorización expresa de la junta de propietarios del edificio. La empresa compró la vivienda el 7 de abril de 2025, fecha a partir de la cual existe una nueva norma que obliga a tener ese permiso previo de los vecinos para alquilar pisos como turístico, aunque la licencia turística original sea más antigua.
Cómo te afecta
Si eres propietario de una vivienda en régimen de propiedad horizontal (en un edificio con otros propietarios) y la compraste después del 3 de abril de 2025, tendrás que obtener la aprobación expresa de la junta de propietarios antes de registrar tu vivienda como alojamiento turístico de corta duración, incluso si la licencia turística ya existía con el anterior propietario. Tienes 7 días hábiles desde la notificación para subsanar este defecto; si no lo haces, se suspenderá definitivamente el registro.
Fuente oficial