EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Benissa, por la que se suspende la inscripción de una declaración de obra nueva por no haberse cumplido la obligación de archivo del Libro del Edificio.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-14986

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Hablando claro

Un notario recurre contra la decisión de suspender el registro de una vivienda unifamiliar porque falta documentación obligatoria: el Libro del Edificio (un documento que recoge toda la información técnica y administrativa de la construcción). La registradora de Benissa había bloqueado la inscripción por este motivo, y ahora la Dirección General de Seguridad Jurídica resuelve sobre si esa suspensión fue correcta.

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Cómo te afecta

Si eres propietario de una vivienda nueva o tienes una empresa constructora, te afecta porque cualquier obra nueva que quieras registrar en el Registro de la Propiedad debe incluir obligatoriamente el Libro del Edificio: un documento que contiene el acta de recepción de la obra, los datos de los agentes que intervinieron en la construcción y las instrucciones de uso y mantenimiento. Sin este documento, el registro se puede suspender y la inscripción no se completa.