EL CÓDICE

El diario con la información oficial

Año 2026
← Volver a El Códice

Resolución de 26 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Sitges, por la que se suspende la inscripción de una escritura de división horizontal de una finca por falta de declaración de la obra nueva previa y por no solicitarse la rectificación de la superficie de la finca, mediante la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-14989

—

Hablando claro

El Registro de la Propiedad de Sitges rechaza inscribir la división de un edificio en ocho pisos y locales porque faltan dos trámites previos: no se ha registrado antes la ampliación de obra nueva (el edificio creció de dos plantas a cuatro) y no se ha rectificado la superficie (dice 132 metros cuadrados en el registro pero el catastro marca 146). La empresa propietaria debe completar estos pasos antes de poder inscribir la división horizontal.

—

Cómo te afecta

Si eres dueño de una propiedad y quieres dividirla en pisos o locales (propiedad horizontal), debes asegurarte primero de que el registro tiene toda la información actualizada: cualquier obra nueva que hayas hecho y la superficie real del terreno según catastro. Si hay diferencias importantes en la medida (más del 10%), tendrás que solicitar una rectificación oficial antes de poder dividir la finca.