Orden ISM/727/2026, de 13 de julio, por la que se fijan para el ejercicio 2026 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
BOE-A-2026-15379
Hablando claro
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones fija las cantidades que deben pagar los mineros del carbón a la Seguridad Social durante 2026 por riesgos comunes (enfermedad, maternidad, etc.). Estas cuantías varían según el puesto de trabajo, la zona minera y la experiencia del trabajador, y se aplican desde el 1 de enero de 2026.
Cómo te afecta
Si trabajas en la minería del carbón (en cualquier categoría, desde técnico hasta obrero), tu empresa deberá cotizar por ti a partir de 2026 según las bases diarias que establece esta orden, que varían entre 72,70 y 167,71 euros diarios según tu puesto específico y la zona donde trabajes. Si ya habías estado cotizando en 2026 con otras bases anteriores, se establecerá un plazo especial para que tu empresa ingrese la diferencia.
Fuente oficial