Resolución de 14 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Almendralejo, por la que se suspende la inscripción de una declaración de obra nueva por antigüedad, por ubicarse parte de ella en zona de policía del dominio público hidráulico de un arroyo.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-15531
Hablando claro
Un matrimonio no puede inscribir en el Registro de la Propiedad una vivienda unifamiliar que construyeron hace 18 años porque parte de ella está en una zona protegida junto a un arroyo (zona de policía del dominio público hidráulico). Aunque la obra tiene antigüedad suficiente para poder legalizarse normalmente sin autorización previa, la ley extremeña impide que prescriba (caduque) la facultad de la administración para ordenar su demolición si está en terreno protegido. La Dirección General de Seguridad Jurídica ha confirmado que el Registro actuó correctamente al rechazar la inscripción.
Cómo te afecta
Si eres propietario de una vivienda o construcción antigua ubicada en zona de policía de un dominio público hidráulico (junto a ríos, arroyos o cauces), no podrás legalizarla simplemente por antigüedad: necesitarás obtener autorización expresa del organismo de cuenca competente, independientemente de cuántos años lleve construida. La administración puede ordenar su demolición en cualquier momento sin que el tiempo transcurrido la proteja.
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