EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 15 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Santa Pola n.º 2, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico solicitado para una finca que forma parte de una propiedad horizontal, por requerir autorización expresa de la comunidad de propietarios, al haber obtenido el alta en el registro administrativo de viviendas de uso turístico con posterioridad al día 3 de abril de 2025.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-15533

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Hablando claro

Un propietario de un apartamento en una propiedad horizontal en Santa Pola solicitó un número de registro para alquilar su vivienda como turística a corta duración, pero la registradora rechazó la solicitud exigiendo que obtuviera autorización de la comunidad de propietarios (porque se registró como vivienda turística después del 3 de abril de 2025). El propietario recurrió esta decisión, pero la Dirección General de Seguridad Jurídica ha rechazado su recurso. Si quiere seguir adelante, puede llevar el caso a los tribunales civiles en los próximos dos meses.

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Cómo te afecta

Si eres propietario de una vivienda en una propiedad horizontal y querías registrarla para alquilarla como turística a corta duración después del 3 de abril de 2025, necesitas autorización expresa de tu comunidad de propietarios para poder obtener el número de registro único, aunque ya la hayas registrado administrativamente como vivienda turística.