EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 3 de julio de 2026, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que se establecen los términos para la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

BOE-A-2026-15563

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Hablando claro

La Seguridad Social fija los porcentajes (coeficientes) que las mutuas colaboradoras deben cobrar por gestionar las bajas por incapacidad temporal de trabajadores. Normalmente el coeficiente será del 0,06% sobre las cotizaciones, pero puede subir hasta el 0,07% si la mutua demuestra que tiene problemas financieros estructurales, como que sus trabajadores tengan bajas más largas o más frecuentes de lo habitual. Esta resolución establece los requisitos y condiciones para que las mutuas puedan acceder a esos coeficientes más altos en 2026.

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Cómo te afecta

Si trabajas o cotizas a través de una mutua colaboradora con la Seguridad Social, indirectamente te afecta porque estas reglas determinan cuánto paga tu empresa o tú como autónomo a la mutua por la gestión de las bajas por enfermedad común. Si eres una mutua colaboradora, esto te permite solicitar un coeficiente más alto si tu situación financiera lo justifica.