Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial para la modificación del II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías por carretera.
Ministerio de Trabajo y Economía Social
BOE-A-2026-15644
Hablando claro
Las empresas de transporte de mercancías por carretera y los sindicatos CC.OO. y UGT han llegado a un acuerdo para modificar su convenio laboral e incluir protecciones contra la discriminación por orientación e identidad sexual. El acuerdo, registrado oficialmente por la Dirección General de Trabajo, añade nuevas cláusulas que prohíben explícitamente discriminar a personas LGTBI en la selección, promoción, contratación y trato en el trabajo, y castiga el acoso por estas razones como falta grave.
Cómo te afecta
Si trabajas en una empresa de transporte de mercancías por carretera, estas nuevas reglas te protegen contra cualquier tipo de discriminación o acoso por tu orientación sexual, identidad de género o expresión de género en la contratación, promoción y día a día laboral. Si eres empresario del sector, debes asegurar que tus procesos de selección y promoción se basan en criterios objetivos y no discriminatorios, y debes tomar medidas para prevenir el acoso y el trato discriminatorio en tu empresa.
Fuente oficial