EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial para la modificación del II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías por carretera.

Ministerio de Trabajo y Economía Social

BOE-A-2026-15644

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Hablando claro

Las empresas de transporte de mercancías por carretera y los sindicatos CC.OO. y UGT han llegado a un acuerdo para modificar su convenio laboral e incluir protecciones contra la discriminación por orientación e identidad sexual. El acuerdo, registrado oficialmente por la Dirección General de Trabajo, añade nuevas cláusulas que prohíben explícitamente discriminar a personas LGTBI en la selección, promoción, contratación y trato en el trabajo, y castiga el acoso por estas razones como falta grave.

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Cómo te afecta

Si trabajas en una empresa de transporte de mercancías por carretera, estas nuevas reglas te protegen contra cualquier tipo de discriminación o acoso por tu orientación sexual, identidad de género o expresión de género en la contratación, promoción y día a día laboral. Si eres empresario del sector, debes asegurar que tus procesos de selección y promoción se basan en criterios objetivos y no discriminatorios, y debes tomar medidas para prevenir el acoso y el trato discriminatorio en tu empresa.