Resolución de 7 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2026, a efectos del cómputo de plazos, en los procesos selectivos convocados en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2024 y 2025.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
BOE-A-2026-15891
Hablando claro
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones declara que el mes de agosto de 2026 no contará para calcular los plazos de los procesos de selección de personal de la Administración de la Seguridad Social correspondientes a las ofertas de empleo público de 2024 y 2025. Esta decisión se toma porque durante agosto es muy difícil cumplir con los plazos establecidos en los procesos selectivos.
Cómo te afecta
Si participas en alguna de las pruebas selectivas del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para acceder a puestos como actuarios, economistas, letrados, interventores, técnicos, gestión administrativa o personal administrativo (ofertas de 2024 y 2025), debes saber que agosto de 2026 no contará en el cómputo de plazos, es decir, los tiempos para presentar documentos, recursos o pasar fases del proceso se ampliarán efectivamente al saltar ese mes.
Fuente oficial