Orden CLT/745/2026, de 13 de julio, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre los lotes n.º 1173 y 1174, subastados por la sala Segre, en Madrid.
Ministerio de Cultura
BOE-A-2026-16082
Hablando claro
El Ministerio de Cultura ejercita su derecho de tanteo —es decir, su derecho de compra preferente— sobre dos bustos de mármol del siglo XVIII (Flora y Ceres) que fueron subastados por la sala Segre en Madrid el 1 de julio de 2026. El Museo Nacional del Prado adquirirá estas obras por 50.000 euros, el precio de remate en la subasta, más los gastos y el IVA correspondiente.
Cómo te afecta
Si eres propietario de una obra de arte o bien histórico que fue licitado en una subasta pública en España, debes saber que el Estado español tiene derecho a comprar tu bien al mismo precio alcanzado en la subasta antes de que se lo lleves. En este caso concreto, afecta a quienes pujaron por estos dos bustos: el Prado los comprará por la cantidad que se alcanzó en la subasta, impidiendo su venta a un tercero.
Fuente oficial