Resolución de 22 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra un asiento de inscripción de agrupación practicada, tras la tramitación de un expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, firmada por la registradora de la propiedad de Vigo n.º 6.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-16131
Hablando claro
Un vecino de Nigrán recurre contra la inscripción registral de una agrupación de fincas porque considera que incluye un camino público que pertenece al Ayuntamiento y que está separando las propiedades agrupadas. El Registro de la Propiedad de Vigo número 6 rechazó sus alegaciones durante el procedimiento y completó la inscripción en diciembre de 2025, lo que ahora se cuestiona ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
Cómo te afecta
Afecta a propietarios de fincas colindantes con bienes de dominio público si alguna agrupación de propiedades incluye o invade caminos, calles u otras infraestructuras públicas: tienes derecho a presentar alegaciones durante el procedimiento registral si consideras que la agrupación afecta a bienes públicos, aunque la decisión final dependerá de si la administración titular del bien público ratifica tu objeción.
Fuente oficial