EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 23 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Marbella n.º 3, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración, no turístico, finca completa, por constar una prohibición en los estatutos de la propiedad horizontal.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-16137

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Hablando claro

La empresa Mantenimientos Tardos SL intentó registrar un inmueble en Marbella para alquilarlo a corta duración, pero le fue rechazado porque los estatutos de la comunidad de propietarios prohíben expresamente los usos comerciales. La Dirección General de Seguridad Jurídica ha desestimado el recurso que presentó la empresa contra esta decisión del registrador, confirmando que la prohibición es legal y válida.

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Cómo te afecta

Si eres propietario o tienes una empresa que quiere alquilar un inmueble de corta duración: si tu propiedad está sometida a estatutos de comunidad que prohíben actividades comerciales o de explotación, no podrás obtener el registro de alquiler de corta duración, aunque lo solicites. Si intentas impugnar esta decisión, tienes dos meses desde que te notifiquen para recurrir ante los juzgados civiles.