EL CÓDICE

El diario con la información oficial

Año 2026
← Volver a El Códice

Resolución de 22 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Valladolid n.º 6, por la que se deniega la práctica de un asiento de rectificación.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-16224

—

Hablando claro

Un hombre ha intentado corregir el registro de una propiedad que compró su esposa en 1964, argumentando que el dinero era suyo exclusivamente, no ganancial. El Registro de la Propiedad de Valladolid rechazó la corrección porque en la escritura de compra original solo consta la manifestación de que el dinero era privativo, pero no hay documentos que lo acrediten de forma indudable, y porque la inscripción se hizo correctamente según la ley que regía en 1965. Ahora, la Dirección General de Seguridad Jurídica ha confirmado que el Registro actuó bien y mantiene la denegación.

—

Cómo te afecta

Si eres propietario de una vivienda o finca adquirida durante un matrimonio y quieres rectificar si es patrimonio privativo o ganancial, necesitarás prueba documental clara (como certificados notariales de origen del dinero), no solo tu declaración en la escritura. La simple manifestación de que el dinero era tuyo no es suficiente para cambiar lo que dice el Registro.