EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 20 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2026, a efectos del cómputo del plazo, en relación con el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1, sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, convocado por Resolución de 2 de julio de 2026.

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

BOE-A-2026-16288

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Hablando claro

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones declara que agosto de 2026 no cuenta como tiempo útil para que la Administración publique la lista de personas admitidas y excluidas en una oposición convocada ese mismo mes. Esto significa que el plazo para hacer esa publicación se alarga, saltándose agosto. La decisión se toma porque revisar todas las solicitudes de los candidatos es muy complejo y agosto es un mes con dificultades organizativas.

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Cómo te afecta

Si eres una persona que ha presentado solicitud para esta oposición (puestos de personal laboral fijo en los grupos M3, M2, M1, E2 y E1 del ministerio), debes saber que la publicación de la lista de admitidos y excluidos se retrasará más allá de lo inicialmente previsto, ya que agosto no se cuenta. Sin embargo, el plazo para presentar tu solicitud sigue siendo el mismo: veinte días hábiles desde la convocatoria, contados de forma normal.