Resolución de 29 de junio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, de exención a la solicitud de acuerdo previo en materia de servidumbres aeronáuticas para el término municipal de Madrid.
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
BOE-A-2026-16333
Hablando claro
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea autoriza a Madrid a construir, instalar o plantar en determinadas zonas del municipio sin necesidad de pedir permiso previo a esta agencia. Esto es posible porque un estudio técnico ha confirmado que esas obras no afectarán a la seguridad de los aviones que despegan o aterrizan en Barajas o Cuatro Vientos. La exención se aplica solo en las áreas marcadas como «zona exenta» en los planos disponibles en la web de la agencia, y con límites estrictos de altura y tipo de construcción.
Cómo te afecta
Si eres un promotor inmobiliario, empresa constructora o particulares con un proyecto de construcción, instalación o plantación en Madrid situado en la «zona exenta» (según los planos publicados por la agencia), podrás proceder sin solicitar el acuerdo previo de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, siempre que no superes 45 metros de altura y tu proyecto no incluya focos de fauna, instalaciones que generen humos/polvo o plantas solares grandes. Si tu proyecto está en zonas no exentas (el resto del municipio) o incumple estas condiciones, deberás seguir solicitando el permiso de la agencia por el procedimiento ordinario.
Fuente oficial