EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 9 de julio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fija el precio medio de la energía a aplicar en el cálculo de la retribución del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad prestado por los consumidores de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares a los que resulta de aplicación la Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, durante el tercer trimestre de 2026.

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BOE-A-2026-16342

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Hablando claro

El Ministerio para la Transición Ecológica fija el precio de referencia de la energía en 64,24 euros por megavatio hora para el tercer trimestre de 2026. Este precio se utiliza para calcular cuánto cobran las empresas y consumidores de las islas y territorios no peninsulares que participan en un programa de reducción de consumo eléctrico cuando se les pide que interrumpan su suministro.

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Cómo te afecta

Si eres una empresa o consumidor ubicado en sistemas eléctricos de territorios no peninsulares (islas, Ceuta o Melilla) que participa en el servicio de interrumpibilidad de demanda, esta resolución determina el precio de referencia que se aplicará en la facturación de tu retribución durante el tercer trimestre de 2026.