EL CÓDICE

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Año 2026
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Real Decreto 643/2026, de 29 de julio, por el que se modifican el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, y el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

BOE-A-2026-16557

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Hablando claro

El Gobierno amplía de 3 a 6 días el plazo que tienen las empresas para comunicar a la Seguridad Social las bajas de trabajadores y cambios en sus datos, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de estas obligaciones cuando hay muchas comunicaciones en poco tiempo. Además, actualiza las normas sobre aplazamientos de deudas con la Seguridad Social, clarifica qué cuotas no se pueden aplazar, simplifica los trámites para solicitarlos y exige que las empresas comuniquen el código de ocupación de sus trabajadores para identificar actividades peligrosas o penosas que permitan jubilación anticipada.

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Cómo te afecta

Si eres una empresa, tendrás 6 días naturales (en lugar de 3) desde el cese de un trabajador o un cambio en sus datos para comunicarlo a la Seguridad Social, lo que te da más tiempo para cumplir con esta obligación. Si debes deudas a la Seguridad Social, podrás solicitar más fácilmente aplazamientos en el pago, especialmente si son cantidades pequeñas, aunque las cuotas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales no podrán aplazarse. Además, tendrás que comunicar el código de ocupación principal de todos tus trabajadores en un plazo de 6 meses desde la publicación de esta norma.