EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 1, por la que se suspende la inscripción de testimonio de sentencia para el reconocimiento de la cesión del uso de un local de negocio en virtud de un contrato de arrendamiento.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-17152

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Hablando claro

La registradora del Registro de la Propiedad de Madrid número 1 se niega a inscribir una sentencia que supuestamente reconocería un derecho de cesión de uso de un local de negocio, porque la sentencia en realidad rechaza ese reconocimiento y el contrato de arrendamiento original no está inscrito en el registro. Un ciudadano ha recurrido contra esta decisión alegando que la sentencia sí menciona un derecho de uso y que se han seguido correctamente los procedimientos, pero la administración mantiene que no hay un acto inscribible en la sentencia presentada.

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Cómo te afecta

Si eres una persona o entidad que intenta inscribir en el Registro de la Propiedad una sentencia para hacer valer derechos sobre un inmueble, esta resolución afecta a tu capacidad para hacerlo: la registradora puede rechazar tu solicitud si considera que la sentencia no reconoce realmente el derecho que pretendes inscribir o si ese derecho procede de contratos previos que no están inscritos en el registro.