Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad Eivissa n.º 2, por la que suspende la inscripción de una escritura de segregación.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-17154
Hablando claro
Una empresa llamada Can Rafalet quiere inscribir en el Registro de la Propiedad una segregación de un terreno que formalizó hace más de 30 años (en 1991), pero el registrador ha rechazado la inscripción porque falta documentación que acredite que la división del terreno cumplía con la normativa urbanística. Aunque la empresa ha presentado documentos que demuestran que pasó el plazo legal sin que el Ayuntamiento respondiera (lo que significa que obtuvo la licencia por silencio administrativo), el registrador exige que el Ayuntamiento certifique expresamente que la segregación no contradice el planeamiento urbanístico actual, o que declare que han prescrito los plazos para cuestionar la legalidad del acto.
Cómo te afecta
Si eres propietario o administrador de una empresa y quieres inscribir en el Registro de la Propiedad una segregación o división de terrenos que se hizo hace años sin licencia expresa, necesitarás conseguir que el Ayuntamiento te certifique que no hay problemas con el planeamiento urbanístico actual, o que la acción administrativa para cuestionar el acto ha prescrito; de lo contrario, no podrás inscribir legalmente la propiedad.
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