Resolución de 28 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de La Carolina, por la que se deniega la rectificación de determinadas inscripciones por error de concepto.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-17251
Hablando claro
Una mujer solicitó al Registro de la Propiedad de La Carolina que rectificara siete inscripciones de fincas argumentando que se habían inscrito por error a nombre de otra persona, cuando debían estar a nombre de los "legítimos propietarios". El registrador rechazó la solicitud porque una simple instancia (escrito privado) no tiene suficiente validez legal para cancelar y reinscribir inscripciones que fueron originalmente registradas mediante escritura pública, que es el documento con mayor peso legal. Esta resolución confirma que la denegación fue correcta.
Cómo te afecta
Te afecta si eres propietario de una finca y crees que está incorrectamente inscrita a nombre de otra persona. No puedes arreglarlo simplemente presentando un escrito privado en el registro: necesitas obtener una sentencia judicial que ordene la rectificación, o el consentimiento escrito de quien actualmente figura como propietario. Si quieres cambiar una inscripción hecha con escritura pública, tienes que ir a los tribunales.
Fuente oficial