EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 27 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Valencia n.º 16 a inscribir una escritura de ejercicio de derecho de opción de compra.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-17334

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Hablando claro

Un notario de Getxo ejerció unilateralmente un derecho de opción de compra sobre una propiedad en Valencia, pero el Registro de la Propiedad rechazó inscribir la operación porque no se cumplieron todos los requisitos pactados: no se logró notificar correctamente al propietario original (Noski Inversiones, SL) del ejercicio de la opción, ya que la empresa ya no estaba en el domicilio indicado. La Dirección General de Seguridad Jurídica ha fallado a favor del notario, revocando la negativa del registrador, al considerar que se hicieron gestiones suficientes para intentar la notificación.

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Cómo te afecta

Si eres propietario de una propiedad con un derecho de opción de compra inscrito, o si tienes una opción de compra que quieres ejercer unilateralmente, esta resolución te afecta: establece que para ejercer ese derecho sin que intervenga el vendedor, basta con hacer gestiones razonables para notificar la operación, aunque finalmente no se logre localizar al propietario original, siempre que se demuestre que se intentó cumplir los requisitos pactados.