Resolución de 18 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 35, por la que se suspende la cancelación de una inscripción de arrendamiento de vivienda, tras inscribir la adjudicación derivada de la ejecución de una hipoteca.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-17357
Hablando claro
Una empresa (Round Robin Inversiones Socimi, S.A.) ha ganado una vivienda en una subasta por ejecución de hipoteca, pero el Registro de la Propiedad se niega a cancelar el contrato de arrendamiento que pesaba sobre esa vivienda, argumentando que necesita acuerdo entre las partes o una sentencia judicial que lo ordene. La Dirección General de Seguridad Jurídica ha resuelto este recurso de la empresa contra esa decisión del registrador.
Cómo te afecta
Si eres el adjudicatario de una vivienda en una ejecución hipotecaria en la que hay un arrendamiento vigente, esta resolución te afecta porque determina cuándo y cómo puedes cancelar registralmente ese arrendamiento para obtener la posesión plena de la vivienda. Si eres un arrendatario, te interesa porque afecta a tu derecho a permanecer o no en la vivienda tras la subasta.
Fuente oficial