EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Santiago de Compostela n.º 1, por la que se suspende la cancelación de un crédito hipotecario en virtud de instancia privada.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-17470

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Hablando claro

Una mujer reclama ante la administración que se cancele una deuda hipotecaria que considera nula porque fue inscrita irregularmente en el registro de la propiedad hace años. El Registro de Santiago de Compostela había rechazado cancelarla alegando que necesitaría el consentimiento del acreedor o una sentencia judicial, y ahora la Dirección General de Seguridad Jurídica confirma esa decisión: los asientos registrales están protegidos por los tribunales y no pueden borrarse por simple solicitud de una de las partes sin el acuerdo del acreedor o una orden de un juez.

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Cómo te afecta

Si tienes una deuda inscrita en el registro de la propiedad y crees que fue anotada de forma ilegal o nula, no puedes conseguir que se cancele solo presentando una solicitud al registro: necesitarás o bien que el acreedor acceda voluntariamente a borrarla, o bien que obtengas una sentencia judicial que lo ordene.