Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación negativa emitida por el registrador de la propiedad de Jijona, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca, por haberse presentado alegaciones en el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria tramitado para inscribir la rectificación de superficie y la georreferenciación de la finca.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-17473
Hablando claro
Una propietaria en Jijona solicitaba inscribir en el Registro de la Propiedad la corrección del tamaño y la ubicación exacta de su finca, porque los datos registrales no se correspondían con la realidad física del terreno. El registrador rechazó esta solicitud porque dos vecinos colindantes presentaron alegaciones indicando que la nueva delimitación invadiría sus propias fincas, con documentos que lo respaldaban. La Dirección General de Seguridad Jurídica ha confirmado que el rechazo fue correcto: cuando hay conflicto sobre los límites de las fincas, este procedimiento no puede resolver el asunto, que requiere acuerdo entre las partes, documento notarial o decisión judicial.
Cómo te afecta
Si eres propietario de una finca y quieres actualizar su descripción o georreferenciación en el Registro porque no coincide con la realidad, debes saber que si hay vecinos que se oponen alegando que se invade su propiedad, el Registro no puede inscribir tu solicitud por este procedimiento. Tendrás que ponerte de acuerdo con ellos mediante un documento público, un deslinde notarial, o acudir a los tribunales para resolver el conflicto.
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