Resolución de 30 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del V Convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores.
Ministerio de Trabajo y Economía Social
BOE-A-2026-17490
Hablando claro
Las empresas y sindicatos del sector de reforma juvenil y protección de menores han acordado añadir una nueva cláusula al convenio colectivo que garantiza que los trabajadores perciban como mínimo el salario mínimo interprofesional (SMI) vigente en cada momento. La Dirección General de Trabajo registra oficialmente este acuerdo y lo publica en el Boletín Oficial del Estado para que sea vinculante.
Cómo te afecta
Si trabajas en una empresa de reforma juvenil o protección de menores afiliada a las asociaciones empresariales que firmaron el acuerdo, tienes garantizado que tu salario base más los complementos específicos no será inferior al SMI en vigor, aunque se excluyen de este cálculo los complementos por antigüedad, nocturnidad, insularidad y festividad.
Fuente oficial