Resolución de 10 de agosto de 2026, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
BOE-A-2026-17573
Hablando claro
El Ministerio de Economía publica los límites máximos de interés que pueden aplicar las comunidades autónomas y ayuntamientos cuando se endeudan, actualizados a agosto de 2026. Estos límites varían según el plazo del préstamo: van desde el 2,26% anual para operaciones de 1 mes hasta el 4,26% para las de 30 años, y también se fijan diferenciales máximos según se utilicen referencias como el euríbor. La resolución es la actualización mensual obligatoria de una norma de 2017 que busca garantizar que las administraciones locales se endeudan de forma prudente, sin pagar más de lo que paga el Estado.
Cómo te afecta
Si eres responsable de una comunidad autónoma o de un ayuntamiento que necesita pedir dinero prestado, estos son los tipos de interés máximos que puedes aplicar en tus nuevas operaciones de endeudamiento. Si tu administración tiene asesoría financiera propia, puedes calcular tus propios costes, pero si no la tienes, debes usar obligatoriamente estas tablas publicadas mensualmente para asegurar que no excedes los límites permitidos.
Fuente oficial