Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión de la Subsecretaría a la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, para la notificación de los actos de trámite y de las resoluciones de protección internacional derivadas de los Reglamentos (UE) 2024/1348 y (UE) 2024/1351 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2024, dictados en el marco del procedimiento fronterizo de asilo.
Ministerio del Interior
BOE-A-2026-17614
Hablando claro
El Ministerio del Interior encarga al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que notifique las decisiones sobre asilo a los solicitantes que están en procedimientos fronterizos. Esta encomienda es necesaria porque dos nuevos reglamentos europeos (en vigor desde junio de 2026) obligan a notificar rápidamente las resoluciones sobre protección internacional, y el Ministerio de Migraciones gestiona los centros donde residen estas personas, lo que facilita entregarles personalmente los documentos.
Cómo te afecta
Si has solicitado asilo en España y estás en un procedimiento fronterizo de asilo en uno de los centros designados, esta medida te afecta porque el Ministerio de Migraciones será quien te notifique oficialmente las decisiones sobre tu solicitud de protección internacional y los escritos de trámite del procedimiento, en lugar del Ministerio del Interior.
Fuente oficial