EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 5 de agosto de 2026, del Instituto Catalán de la Viña y el Vino, por la que se publica la modificación temporal del pliego de condiciones de denominaciones de origen protegidas vitivinícolas catalanas.

Comunidad Autónoma de Cataluña

BOE-A-2026-17623

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Hablando claro

El Instituto Catalán de la Viña y el Vino autoriza cambios temporales en las reglas de producción de vinos de las denominaciones de origen Priorat y Conca de Barberà para la campaña 2026/2027, debido a condiciones climáticas extremas este año (lluvias intensas en otoño e invierno, temperaturas muy altas en primavera y verano) que han impedido alcanzar los grados de alcohol mínimos exigidos. Los cambios consisten en reducir temporalmente el grado alcohólico mínimo permitido en las uvas y en determinados vinos blancos y rosados. Esta autorización temporal es una excepción regulada por la normativa europea que permite ajustes cuando hay desastres climáticos oficialmente reconocidos.

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Cómo te afecta

Si eres viñador o productor de vino en las denominaciones de origen Priorat o Conca de Barberà, podrás producir y comercializar vinos en la campaña 2026/2027 con un grado alcohólico ligeramente inferior al normalmente requerido, lo que te permite aprovechar uvas y mosto que de otra manera no cumplirían la norma. Si eres consumidor de estos vinos, verás que los de esta campaña pueden tener un contenido alcohólico ligeramente menor de lo habitual, aunque seguirán siendo vinos certificados de denominación de origen.