Pleno. Sentencia 58/2026, de 21 de julio de 2026. Recurso de inconstitucionalidad 6617-2024. Interpuesto por la Junta de Extremadura respecto de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña. Principios de igualdad, seguridad jurídica, jerarquía normativa y separación de poderes, interdicción de la arbitrariedad, solidaridad e igualdad territorial y autonomía financiera; derecho a la tutela judicial efectiva y reserva de jurisdicción; jurisdicción contable: pérdida parcial de objeto del proceso (STC 137/2025); constitucionalidad de la medida. Votos particulares.
Tribunal Constitucional
BOE-A-2026-17883
Hablando claro
El Tribunal Constitucional rechaza el recurso presentado por la Junta de Extremadura contra la Ley de Amnistía de 2024, que perdona delitos relacionados con el proceso independentista catalán. El tribunal considera que la ley es constitucional, aunque algunos magistrados presentan votos en contra en los que discrepan de esta decisión.
Cómo te afecta
Si fuiste condenado o procesado por hechos relacionados con el independentismo catalán entre enero de 2012 y noviembre de 2023, la amnistía sigue siendo válida y tus responsabilidades penales, administrativas y civiles quedan extinguidas. Si eres ciudadano de otras comunidades autónomas, esta sentencia cierra el intento de anular la ley que hubiera podido hacerlo, por lo que el beneficio de amnistía permanece en vigor para los afectados.
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