EL CÓDICE

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Año 2026
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Orden APA/878/2026, de 12 de agosto, por la que se definen los bienes y rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro base con garantías adicionales para uva de vinificación en la Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, comprendido en el Cuadragésimo Séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

BOE-A-2026-18005

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Hablando claro

El Ministerio de Agricultura establece las normas para contratar un seguro agrario que protege las plantaciones de uva de vinificación en la Península y Baleares contra diversos riesgos. La orden fija qué viñedos se pueden asegurar, cuáles no, cuándo contratar el seguro, qué cosechas están cubiertas y a qué precio, dentro del Plan de Seguros Agrarios Combinados del Estado.

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Cómo te afecta

Si eres viticultor y tienes una explotación de viñedos destinados a uva de vinificación inscrita en el registro vitícola en la Península o Baleares, esta orden te define exactamente qué parcelas y producciones puedes asegurar (por ejemplo, tus viñedos en producción y plantones en desarrollo), qué edades mínimas deben tener para cubrirse según si es secano o regadío, y en qué fechas puedes contratar ese seguro con los precios fijados. También te excluye del seguro si tus viñas están abandonadas, tienen menos edad de la requerida o son para autoconsumo.