EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 7 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de establecimientos financieros de crédito.

Ministerio de Trabajo y Economía Social

BOE-A-2026-19247

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Hablando claro

Las empresas de establecimientos financieros de crédito en España tendrán a partir de ahora un nuevo convenio colectivo que regula sus condiciones de trabajo. El acuerdo fue firmado el 30 de julio de 2026 entre las asociaciones empresariales del sector (ASNEF y AELR) y el sindicato CC.OO., y ha sido inscrito oficialmente por la Dirección General de Trabajo para entrar en vigor desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.

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Cómo te afecta

Si trabajas en una empresa de establecimientos financieros de crédito (empresas que conceden créditos pero no captan depósitos a través de cuentas corrientes, como bancos o cajas de ahorro), este convenio te afecta: establece las condiciones mínimas de trabajo en tu sector, incluyendo clasificación del personal, periodo de prueba, régimen disciplinario, tipos de contratación, jornada máxima anual, prevención de riesgos y movilidad geográfica. Si tu empresa tenía condiciones mejores antes, estas se mantienen. Si eres autónomo o trabajas en un banco, caja de ahorro o cooperativa de crédito, el convenio no te afecta.