Resolución de 15 de septiembre de 2026, de la Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia, por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas especiales en régimen de dedicación especial para el personal al servicio de la Administración de Justicia.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-19524
Hablando claro
La Administración de Justicia fija en 35 horas semanales (1.512 horas anuales) la jornada de trabajo de su personal, la misma que tiene la Administración General del Estado. Para quienes tengan dedicación especial, la jornada máxima será de 37 horas y media semanales. La norma también regula cómo se distribuyen esas horas a lo largo del año, los horarios, las vacaciones y los servicios de guardia.
Cómo te afecta
Si trabajas en juzgados, fiscalías o cualquier órgano judicial (como personal administrativo, técnico o de servicios), tu jornada laboral será de 35 horas semanales en promedio anual. Si tu puesto requiere dedicación especial (por ejemplo, por servicios de guardia o urgencias procesales), podrá aumentar hasta 37 horas y media. Tu horario concreto se fijará cada año mediante un calendario laboral que debe aprobarse antes del 1 de enero, y si necesitas una jornada reducida por motivos personales, podrás solicitar las 5 horas diarias con el 75% del sueldo, siempre que tu puesto lo permita.
Fuente oficial