Resolución de 8 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Osuna, por la que se deniega la cancelación de la nota marginal de expedición de certificación de dominio y cargas en virtud de instancia privada.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-21287
Hablando claro
Un empresario solicita cancelar una anotación registral que documenta una certificación de dominio sobre una finca, porque esa certificación contiene un error: certifica que la propiedad está a nombre de una empresa anterior (Agrícola Los Llanos), cuando en realidad ya había sido transmitida a otra empresa (Río Anzur) antes de que se expidiera el certificado. La Registradora de Osuna rechazó su solicitud porque consideró que una cancelación de este tipo no puede hacerse mediante un escrito privado, sino que requiere una orden judicial; ahora el tribunal administrativo confirma ese rechazo.
Cómo te afecta
Afecta a empresarios, propietarios de fincas y personas autorizadas para actuar en procedimientos registrales: si necesitas cancelar o rectificar una anotación o asiento en el Registro de la Propiedad, no puedes hacerlo presentando simplemente un documento privado — en muchos casos debes obtener antes una orden de un juzgado que lo autorice.
Fuente oficial