Resolución de 5 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa de registradora de la propiedad de Santa Coloma de Farners, por el que se deniega la inscripción del mandamiento judicial comprensivo de un auto homologando una transacción judicial derivada de procedimiento.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-21418
Hablando claro
Una registradora de la propiedad rechazó inscribir una sentencia que aprobaba un acuerdo entre dos personas sobre la división de una propiedad compartida. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha confirmado que la registradora actuó correctamente al rechazarlo. El motivo es que aunque un juez apruebe un acuerdo entre las partes, eso no es suficiente para cambiar la propiedad de un inmueble: para eso hace falta que se haga ante un notario en escritura pública, no solo ante el juez.
Cómo te afecta
Si eres una persona que llega a un acuerdo con otra sobre una propiedad compartida y consigues que un juez lo apruebe en un procedimiento de división de patrimonio, debes saber que eso no inscribe automáticamente el cambio de propiedad en el Registro: necesitarás además acudir a un notario para hacer una escritura pública del acuerdo para que se pueda registrar oficialmente.
Fuente oficial