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EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 17 de septiembre de 2026, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se publica el Convenio con el Ente Público Ports de les Illes Balears, relativo a la determinación de la formación náutica del personal encargado de los puertos de las Islas Baleares para el gobierno de las embarcaciones fuera de los puertos base.

Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

BOE-A-2026-22979

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Hablando claro

El Ministerio de Transportes y el Ente Público Ports de les Illes Balears firman un acuerdo para establecer qué formación náutica debe tener el personal portuario de las Islas Baleares que conduce embarcaciones fuera de los puertos. Los trabajadores portuarios necesitan pilotar barcos para inspeccionar campos de fondeo con boyas, instalaciones alejadas y vigilar aguas costeras, por lo que deben tener los conocimientos y habilidades marineras adecuadas. Este es un acto administrativo que formaliza el convenio entre ambas instituciones.

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Cómo te afecta

Afecta al personal portuario de Ports de les Illes Balears (encargados de puertos, guardamuelles y vigilantes costeros) que conduzcan embarcaciones: tendrá que cumplir con los requisitos de formación náutica que determine el Ministerio de Transportes, incluyendo cursos teóricos, prácticos, períodos de embarque y formación de reciclaje periódica para poder seguir realizando sus funciones de control e inspección en el mar.

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