EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 1 de febrero de 2026, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Generalitat de Cataluña, en materia de suministro de información para finalidades no tributarias.

Ministerio de Hacienda

BOE-A-2026-2958

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Hablando claro

La Agencia Tributaria y la Generalitat de Cataluña han modificado su acuerdo de 2020 sobre el intercambio de información tributaria para fines no tributarios. Esta adenda, firmada el 19 de enero de 2026, se publica ahora en el Boletín Oficial del Estado para que sea vinculante. La modificación se produce en el contexto de que Cataluña ha asumido recientemente la gestión de la prestación del Ingreso Mínimo Vital, lo que requiere que pueda acceder a ciertos datos fiscales de la Agencia Tributaria para verificar si los solicitantes cumplen los requisitos.

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Cómo te afecta

Si solicitas o percibes el Ingreso Mínimo Vital en Cataluña, tus datos fiscales podrán ser compartidos entre la Agencia Tributaria y la Generalitat de Cataluña para que esta última pueda comprobar si cumples los requisitos económicos y de residencia necesarios para recibir la prestación, y para controlar que no cometas fraude en el cobro.

Resumen generado automáticamente con inteligencia artificial: puede contener errores y es solo orientativo. La información veraz y con validez legal es la que publica el BOE; consulta siempre el texto oficial antes de tomar decisiones.