Resolución de 26 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Tolosa n.º 1 a inscribir el legado de un derecho de habitación.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-5483
Hablando claro
Una mujer solicita inscribir en el Registro de la Propiedad un derecho de habitación (el derecho a vivir en una casa sin pagar alquiler) que le fue legado por su madre a través de un testamento de 1978, formalizado después en una escritura de 1988. La registradora rechazó la inscripción porque otros propietarios de la misma finca (sus hermanos) no dieron su consentimiento expreso, tal como exige la ley. La mujer ha recurrido esta negativa ante la Dirección General de Seguridad Jurídica argumentando que la registradora ha interpretado incorrectamente lo que solicitaba.
Cómo te afecta
Si eres heredero o heredera con derechos de habitación legados en un testamento, debes saber que para inscribir ese derecho en el Registro de la Propiedad necesitas que todos los propietarios registrales de la vivienda (incluso si la comparten en partes indivisas) den su consentimiento expreso. Si alguno no lo hace, el registro puede rechazar tu solicitud, como ha ocurrido aquí.
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