Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueba la excepción prevista en el artículo 2(5) del Reglamento (UE) 2024/1747, en materia del acercamiento de la hora de cierre del mercado interzonal intradiario hasta 30 minutos antes del tiempo real.
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
BOE-A-2026-69
Hablando claro
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia permite que el mercado de electricidad interzonal intradiario cierre hasta 30 minutos antes de lo que se ejecutaría en tiempo real. Es una excepción a las reglas europeas sobre horarios de mercado que busca adaptar el funcionamiento del mercado eléctrico español a circunstancias operativas específicas.
Cómo te afecta
Afecta a los operadores y participantes en el mercado intrazonal de electricidad, que verán modificados los horarios de cierre para las transacciones de este tipo de mercado; también puede impactar indirectamente en los precios de la electricidad y en la disponibilidad de productos de negociación en las últimas horas del día.
Resumen generado automáticamente con inteligencia artificial: puede contener errores y es solo orientativo. La información veraz y con validez legal es la que publica el BOE; consulta siempre el texto oficial antes de tomar decisiones.
Fuente oficial