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24 dic 2025

Extracto de la Resolución del 18 de diciembre de 2025, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se realiza la segunda convocatoria del programa de incentivos de proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables (EERR innovadoras) en el marco PRTR- NextGenerationEU. Programa 2: Proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes.

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BOE-B-2025-47637

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Texto literal del BOE, sin resumir

BDNS(Identif.):877081 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/877081) Primero.- Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal, válidamente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, siempre cumplan todos los requisitos establecidos en bases reguladoras y convocatoria. 2. También podrán obtener la condición de beneficiarios las agrupaciones de las anteriores, sin necesidad de que dichas agrupaciones dispongan de personalidad jurídica propia diferente de las entidades que las compongan. Las personas jurídicas integrantes de la agrupación tendrán igualmente la consideración de beneficiarias, debiendo atenerse a las previsiones contenidas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3. Conforme al artículo 11.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se podrá aplicar la condición de beneficiario a los miembros asociados al mismo que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades objeto de la concesión de la ayuda en nombre y por cuenta del beneficiario, en el supuesto de que se trate de una persona jurídica. Se consideran miembros asociados al beneficiario aquéllos con los que se mantenga una relación o vínculo de carácter jurídico no contractual, que se encuentre recogido en sus estatutos, en escritura pública o en documento análogo de constitución. En estos casos, no tendrán la consideración de subcontrataciones aplicándose la condición de beneficiario a estos miembros asociados. 4. No podrá ser beneficiaria la Administración General del Estado. Segundo.- Finalidad. 1. Impulsar proyectos innovadores de inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica que utilicen tecnología fotovoltaica, así como el almacenamiento asociado instalaciones fotovoltaicas instaladas sobre cualquier tipo de plataforma flotante en cuerpos de agua interiores superficiales, y anclada de forma permanente a través de al menos un punto fijo. 2. Esta convocatoria se enmarca en la Inversión 9, «Scheme to support the Green Transition», del Componente 31, «REPower» del PRTR, y contribuirá a los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del MRR y del PRTR a nivel europeo y nacional. Tercero.- Bases reguladoras. Orden TED/765/2024, de 22 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables (Programa de energías renovables innovadoras), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. La Orden TED/1444/2025, de 11 de diciembre de 2025, que modifica las bases reguladoras de varios programas, entre ellos la Orden TED/765/2024, de 22 de julio, incluyendo entre otras modificaciones la ampliación de la vigencia de las bases reguladoras y plazo de ejecución de las actuaciones. Cuarto.- Importe. 1. La dotación presupuestaria para la concesión de las ayudas establecidas en esta convocatoria para el programa 2 Proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes en espacios artificiales con almacenamiento es de 17 millones de euros, del presupuesto del IDAE. 2. Los fondos destinados a la financiación de estas ayudas proceden de fondos disponibles en IDAE procedentes de las transferencias realizadas desde el Servicio 50 "Mecanismo de Recuperación y Resiliencia" de la Sección 23 "Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico" en los ejercicios 2021, 2022, 2023 y 2024 para la realización de actuaciones en el