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Año 2026
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13 abr 2026

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana para la incoación del expediente de información pública de los bienes y derechos afectados por las expropiaciones forzosas por las obras comprendidas en el proyecto 04.400-0245/2111 de restauración fluvial del rio Guadiana en un tramo de la cuenca media a su paso por las localidades de Barbaño y Lobón (Badajoz); cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para el periodo 2021-2027.

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BOE-B-2026-11324

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Texto literal del BOE, sin resumir

Con fecha 14 de diciembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Anuncio Confederación Hidrográfica del Guadiana, Organismo Autónomo, información pública y de los bienes y derechos afectados por las expropiaciones forzosas de las obras comprendidas en el proyecto 04.400-0245/2111 de restauración fluvial del río Guadiana en un tramo de la cuenca media a su paso por las localidades de Barbaño y Lobón (Badajoz). Igualmente, se publicaron anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, con fecha 17 de enero de 2024, en los tablones de los Ayuntamientos afectados y en un periódico regional. En dichos anuncios se indicaba lo siguiente: Con fecha 17 de noviembre de 2022, el Director General del Agua, por delegación del Secretario de Estado de Medio Ambiente, autorizó a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, Organismo Autónomo, a incoar el expediente de información pública del proyecto de restauración fluvial del río Guadiana en un tramo de la cuenca media a su paso por las localidades de Barbaño y Lobón (Badajoz). Clave P02.C05.I2.P02.S05.A05 (04.400-0245/2111). El día 22 de diciembre de 2000 entró en vigor, mediante publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2000, también conocida como Directiva Marco del Agua. Esta nueva Directiva representa un planteamiento ambicioso e innovador en cuanto a la gestión del agua. Constituye un marco comunitario para la protección de las aguas superficiales continentales, de transición, costeras y subterráneas, para prevenir o reducir su contaminación, promover su uso sostenible, proteger el medio ambiente, mejorar el estado de los ecosistemas acuáticos y atenuar los efectos de las inundaciones y las sequías. Nuestra sociedad es consciente de la situación que viven nuestros ríos, por ello el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha apostado por la recuperación de las masas de agua mediante la implantación de la Directiva Marco del Agua. Esta Directiva establece el objetivo de conseguir un buen estado ecológico para todas las aguas europeas, así como la adecuada protección del Dominio Público Hidráulico y de las aguas. El presente proyecto de restauración fluvial del río Guadiana en un tramo de la cuenca media a su paso por las localidades de Barbaño y Lobón (Badajoz), tiene como objetivo la recuperación de la continuidad longitudinal y la conectividad lateral y vertical del río, dotando al cauce de mayor espacio de movilidad fluvial para conseguir la recuperación del ecosistema fluvial y reducir los efectos negativos en los episodios de avenidas. El proyecto en cuestión plantea una serie de actuaciones para la consecución de los objetivos establecidos: - Recuperar la continuidad longitudinal del sistema fluvial, con la retirada o adaptación de barreras transversales, para facilitar el tránsito de la ictiofauna y mejorar los procesos de erosión y sedimentación. - Incrementar la conectividad lateral del cauce con sus riberas y llanura de inundación. Para lo cual será necesario llevar a cabo la adquisición de terrenos adyacentes al cauce, con el objeto de dotarlo de un mayor territorio fluvial, en el que el río pueda llevar a cabo los procesos naturales de su dinámica fluvial; así como para la disipación de la energía en sus crecidas. - Mejorar la conectividad vertical del cauce con su medio hiporreico, retirando los materiales acumulados en zonas puntuales, como escombreras ilegales o rellenos localizados en las orillas constituidos principalmente por restos de antiguas acequias de riego. - Para llevar a cabo las actuaciones planteadas se requiere la adquisición de terrenos colindantes al cauce, buscando con ello dotarle de mayor espacio de movilidad fluvial, al objeto de que pueda desarrollar sus procesos fluviales con mayor libertad, lo que redundará en una mejor calidad de las aguas y del ecosistema de ribera. Todas estas característi