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15 abr 2026

Anuncio de Resolución de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por la que se convalidan las actas previas de ocupación, elevadas a actas de ocupación, y su notificación (incluyendo la remisión de la consignación del depósito previo y la indemnización por rápida ocupación, así como la solicitud de hoja de aprecio a los expropiados) dictadas en el expediente de expropiación de la instalación fotovoltaica «CSF El Molino», de 84,8 MW de potencia instalada, y la Línea de Evacuación Aéreo-Subterránea a 132 kV «SET El Molino-SET Colectora Campos», en los términos municipales de Mula y Campos del Río (Región de Murcia). Expte. PFot-127.

Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

BOE-B-2026-11630

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Texto literal del BOE, sin resumir

ANTECEDENTES DE HECHO 1º.- Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de fecha 11 de julio de 2024 (B.O.E. de 11/07/2024, Nº 177 y B.O.R.M. 19/07/2024, Nº 167), se otorgó a Marpani Solar 6, S.L.U., autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de la utilidad pública para la Instalación fotovoltaica «CSF El Molino», de 84,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Mula y Campos del Río, en la provincia de Murcia, que lleva implícita la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa (en adelante, LEF), en virtud de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico de la instalación eléctrica. 2º.- Con fecha 24 de agosto de 2024, la mercantil promotora del proyecto de referencia, Marpani Solar 6, S.L.U., presentó ante esta Delegación del Gobierno solicitud de inicio de tramitación del expediente de expropiación por el procedimiento de urgencia contenido al efecto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de los bienes y derechos afectados. 3º.- En consonancia con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico en relación con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia convocó, mediante resolución de 9 de octubre de 2024 (B.O.E. de 12/10/2024, nº 247 y B.OR.M. de 15/10/2024, nº 240, Diario La Verdad de 15/10/2024 y Diario La Opinión de 15/10/2024) el Levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de las fincas afectadas por la imposición de servidumbre de paso e instalación de apoyos de la Línea Eléctrica, para las fechas 19 y 20 de noviembre de 2024, en el Salón de la Biblioteca de la Plaza del Asilo de Mula, y para la fecha 21 de noviembre de 2024, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Campos del Río. 4º.- Con fechas 19, 20 y 21 de noviembre de 2024, se procedió al Levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, donde se disponía la consignación de los depósitos previos y las indemnizaciones por la rápida ocupación en la Caja General de Depósitos haciendo constar que, una vez realizada la consignación y notificada la misma, el acta quedaba elevada a Acta de Ocupación, de conformidad con lo establecido en el artículo 52.6 de la LEF. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52.4 y 52.5 de la LEF, con fecha 27 de noviembre de 2024, Marpani Solar 6, S.L.U. procedió a la consignación de los depósitos previos y de las indemnizaciones por los perjuicios derivados de la rápida ocupación, comunicando dicha circunstancia a la propiedad mediante escritos con registros de salida de fecha 1 de diciembre de 2024. 5º.- Con fecha 31 de julio de 2024, D. Manuel Fernández, en nombre y representación de la Asociación Ecología y Libertad, interpone recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, contra la Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Marpani Solar 6, S.L.U., autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la infraestructura de evacuación de la instalación fotovoltaica «CSF El Molino», de 84,8 MW de potencia instada, en Mula y Campos del Río (Murcia) y se declara, en concreto, de utilidad pública de la línea de evacuación aéreo-subterránea a 132 kV «SET El Molino-SET Colectora Campos», solicitando la suspensión de su ejecución, con base al artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 6º.- Una vez esta Delegación del Gobierno tuvo constancia de la solicitud de la suspensión, con fecha 17 de enero de 2025, se procedió a la rem