Última hora

Nuevo Real Decreto-ley: Real Decreto-ley 32/2026, de 3 de noviembre, de ayudas a las víctimas del accidente ferroviario de Urda (Toledo) y por el que se garantiza la accesibilidad equitativa a bienes y servicios en situaciones de emergencia.

EL CÓDICE

El diario con la información oficial

Año 2026
← Volver a El Códice
V · Anuncios
22 abr 2026

Anuncio de la Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, relativo a la información pública del Anteproyecto y el Estudio de Impacto Ambiental de Desaladora de Águilas-Guadalentín, Águilas (Murcia). Planta solar fotovoltaica, y la relación de bienes y derechos afectados. Clave: 07.330-0719/2101 Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la unión Europea – Next Generation EU.

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BOE-B-2026-12576

—

Texto literal del BOE, sin resumir

De conformidad con lo dispuesto artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental; lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y artículos 17 y 18 del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa; así como lo establecido en el artículo 83 de la ley 39/2015, de 26 de noviembre, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a información pública el anteproyecto Desaladora deÁaguilas-uadalentín, Águilas (Murcia). planta solar fotovoltaica, su estudio de impacto ambiental y la relación de bienes y derechos afectados. La Dirección General del Agua autoriza a la Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras la incoación del expediente de información pública de este proyecto con fecha de 7 de abril de 2026. El presente anteproyecto está vinculado a la actuación "Planta Desaladora para riegos en Murcia" declarada de interés general por Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional y contemplada como actuación prioritaria y urgente por Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional. Esta actuación está encomendada a Acuamed en virtud de la Adenda nº 1 al Segundo Convenio de Gestión Directa entre el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico y esta Sociedad Estatal (Subactuación 2.1.e.13). Asimismo, está incluida dentro de las actuaciones asignadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) de la Unión Europea y por tanto financiada por este mecanismo. Las obras definidas en el Anteproyecto tienen por objeto impulsar el incremento de recursos procedentes de desalación en la cuenca del Segura y que el agua procedente de las desaladoras tenga un coste asumible para el uso de riego mediante la construcción de una planta solar fotovoltaica de autoconsumo directo vinculada a la desalinizadora de Águilas-Guadalentín. Conforme al artículo 122 del Texto refundido de la Ley de Aguas, esta actuación está considerada como parte inseparable de las obras hidráulicas de esta desaladora al tener como finalidad la producción de energía eléctrica para ésta. Asimismo, esta actuación tiene el carácter de complementaria de la desalinizadora de Águilas-Guadalentín. Adicionalmente, está incluida dentro del conjunto de medidas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura. Ciclo 2022-2027 aprobado por el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero. El objeto del anteproyecto es la construcción de una planta de generación de energía eléctrica con tecnología solar fotovoltaica para autoconsumo directo de la planta desaladora de Águilas-Guadalentín. La actuación incluye la planta generadora y las líneas de evacuación necesarias para hacer efectivo el autoconsumo. La capacidad nominal máxima estimada de generación de la planta solar es de 50,23 MWn, con una potencia pico de 58,99 MWp. Las instalaciones están ubicadas en el término municipal de Águilas, provincia de Murcia. En cumplimiento de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental, se informa que el Anteproyecto y su Estudio de Impacto Ambiental están sujetos a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el Anexo I de la citada Ley, y será resuelto por el órgano ambiental competente para proyectos de la Administración General del Estado. En consecuencia, durante un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de los anuncios preceptivos en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, el proyecto podrá ser examinado por los interesados que lo deseen al objeto de formular alegaciones. Del mismo modo, el anuncio de información pública se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Águilas. El proyecto objeto de la presente Información Pública estará expuesto en las ofi