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19 may 2026

Extracto de la Resolución de 14 de mayo de 2026 de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se convocan subvenciones públicas destinadas a proyectos de apoyo a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores o con discapacidad para el año 2026.

Ministerio de Igualdad

BOE-B-2026-16238

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Texto literal del BOE, sin resumir

BDNS(Identif.):906193 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/906193) Primero. Beneficiarios: Entidades de naturaleza jurídico privada sin ánimo de lucro y con implantación estatal o suprautonómica según sus estatutos y que, en el momento de la publicación de la convocatoria, carezcan de fines de lucro e incorporen, entre los fines y objetivos recogidos en sus estatutos, la protección, la atención o la asistencia laboral, formativa, informativa, médica, jurídica o psicológica, a víctimas de trata con fines de explotación sexual o personas en contextos de prostitución, y contemplen la prevención y erradicación de la violencia sexual hacia las mujeres, incluidas la prostitución, la explotación sexual y la trata con fines de explotación sexual, o que las entidades u organizaciones solicitantes acrediten fehacientemente, por cualquier medio admitido en derecho, experiencia en el desarrollo y puesta en práctica de proyectos de atención específica a estas víctimas de violencia contra las mujeres, así como de prevención y erradicación de la violencia sexual hacia las mujeres, incluidas la prostitución, la explotación sexual y la trata con fines de explotación sexual.. Segundo. Objeto: Subvenciones para proyectos destinados al apoyo a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores de edad o con discapacidad, y cuyas actuaciones se desarrollen en ámbitos de asistencia integral, detección, información y asesoramiento, atención psicosocial, asistencia sanitaria, apoyo jurídico, acompañamiento a otros recursos e inserción sociolaboral, incluidas las actividades de formación y la atención a situaciones de especial vulnerabilidad, cuando se propongan actuaciones que prioricen la detección y atención a víctimas menores de edad, mujeres extranjeras en situación irregular, solicitantes de protección internacional, víctimas con discapacidad y con problemas de salud mental, entre otras. Tercero. Bases Reguladoras: Orden IGD/183/2024, de 28 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a proyectos de apoyo a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores de edad o con discapacidad, modificada por la Orden IGD/392/2026, de 20 de abril. Cuarto. Cuantía: La cuantía total de la subvención tendrá un importe máximo de 13.000.000,00 de euros. El importe individualizado de cada subvención concedida se establecerá atendiendo a la puntación obtenida en aplicación de los criterios objetivos de ponderación, de conformidad con el apartado sexto de la resolución de convocatoria. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Se formalizarán exclusivamente por vía electrónica, accediendo al formulario a través de la Sede electrónica, cuya dirección es https://igualdad.sede.gob.es/procedimiento/portada?idProc=134575 , en un plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. Sexto. Otros datos: La solicitud deberá ir acompañada, en el momento de su presentación, de una memoria explicativa de la entidad, de una descripción del proyecto y de tres declaraciones responsables. Cada entidad podrá presentar un único proyecto. Madrid, 14 de mayo de 2026.- La Secretaria de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, María Guijarro Ceballos.