Anuncio de licitación de: Comité Ejecutivo de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla. Objeto: Servicio de consultoría para la redacción del proyecto de mejora de la calidad del agua bruta en las ETAP de Sierra de la Espada, Campotéjar y Torrealta. (VA/Varios). Expediente: V-04/26-07.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
BOE-B-2026-18083
Texto literal del BOE, sin resumir
1. Poder adjudicador: 1.1) Nombre: Comité Ejecutivo de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla. 1.2) Número de identificación fiscal: Q3017002A. 1.3) Dirección: Mayor, 1. 1.4) Localidad: Cartagena. 1.5) Provincia: Murcia. 1.6) Código postal: 30201. 1.7) País: España. 1.8) Código NUTS: ES620. 1.9) Teléfono: 968320014. 1.10) Fax: 968320224. 1.11) Correo electrónico: contratacion@mct.es 1.12) Dirección principal: http://www.mct.es 1.13) Dirección del perfil de comprador: https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:perfilContratante&idBp=APhUgYQcJXw%3D 2. Acceso a los pliegos de contratación: Acceso libre, directo, completo y gratuito a los pliegos de la contratación, en https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:detalle_licitacion&idEvl=cxYGJGoAsKVSYrkJkLlFdw%3D%3D 3. Tipo de poder adjudicador y principal actividad ejercida: 3.1) Tipo: Autoridad estatal. 3.2) Actividad principal ejercida: Protección del medio ambiente. 5. Códigos CPV: 71311100 (Servicios de asistencia en ingeniería civil). 6. Lugar principal de prestación de los servicios: ES620. 7. Descripción de la licitación: Servicio de consultoría para la redacción del proyecto de mejora de la calidad del agua bruta en las ETAP de Sierra de la Espada, Campotéjar y Torrealta. (VA/Varios). 8. Valor estimado: 1.216.006,76 euros. 9. Información sobre las variantes: No se aceptarán variantes. 10. Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición: 32 meses. 11. Condiciones de participación: 11.3) Situación personal: 11.3.1) Capacidad de obrar. 11.3.2) Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad. 11.3.3) No prohibición para contratar. 11.3.4) No estar incurso en incompatibilidades. 11.3.5) Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social. 11.3.6) Cumplimiento con las obligaciones tributarias. 11.3.7) Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.. 11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función delas fechas de constitución o de inicio de las actividades de la empresa y de presentación de las ofertas por importemínimo 621.821,64 Euros.Para determinar la cuantía del volumen de negocios anual mínimo exigible se tendránen cuenta los umbrales contemplados en el artículo 87.3.a) LCSP. Así, el volumen de negocios anual del licitadoro candidato referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser:- al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año(incluidas las prórrogas), y- al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año (incluidaslas prórrogas)). 11.5) Situación técnica y profesional: Trabajos realizados (una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los queconstituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos 3 años (máximo tres años), en la que se indiqueel importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órganocompetente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujetoprivado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaracióndel empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realizaciónde la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contrataciónpor la autoridad competente.(Supuesto General). El importe mínimo anual acumulado que el empresario deberá acreditar comoejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado será igual o superior al 70 por ciento de la
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