EL CÓDICE

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Año 2026
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V · Anuncios
2 jun 2026

Anuncio de licitación de: Comité Ejecutivo de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla. Objeto: Servicio de asistencia técnica especializada para el apoyo al control de la calidad y cumplimiento de la metodología BIM en los contratos de la MCT. (MU/Cartagena). Expediente: V-03/26-05.

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BOE-B-2026-18312

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Texto literal del BOE, sin resumir

1. Poder adjudicador: 1.1) Nombre: Comité Ejecutivo de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla. 1.2) Número de identificación fiscal: Q3017002A. 1.3) Dirección: Mayor, 1. 1.4) Localidad: Cartagena. 1.5) Provincia: Murcia. 1.6) Código postal: 30201. 1.7) País: España. 1.8) Código NUTS: ES620. 1.9) Teléfono: 968320014. 1.10) Fax: 968320224. 1.11) Correo electrónico: contratacion@mct.es 1.12) Dirección principal: http://www.mct.es 1.13) Dirección del perfil de comprador: https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:perfilContratante&idBp=APhUgYQcJXw%3D 2. Acceso a los pliegos de contratación: Acceso libre, directo, completo y gratuito a los pliegos de la contratación, en https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:detalle_licitacion&idEvl=oZAYPZtUAc%2FI8aL3PRS10Q%3D%3D 3. Tipo de poder adjudicador y principal actividad ejercida: 3.1) Tipo: Autoridad estatal. 3.2) Actividad principal ejercida: Protección del medio ambiente. 5. Códigos CPV: 71310000 (Servicios de consultoría en ingeniería y construcción). 6. Lugar principal de prestación de los servicios: ES620. 7. Descripción de la licitación: Servicio de asistencia técnica especializada para el apoyo al control de la calidad y cumplimiento de la metodología BIM en los contratos de la MCT. (MU/Cartagena). 8. Valor estimado: 1.338.729,42 euros. 9. Información sobre las variantes: No se aceptarán variantes. 10. Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición: 24 meses. 11. Condiciones de participación: 11.3) Situación personal: 11.3.1) Capacidad de obrar. 11.3.2) Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad. 11.3.3) No prohibición para contratar. 11.3.4) No estar incurso en incompatibilidades. 11.3.5) Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social. 11.3.6) Cumplimiento con las obligaciones tributarias. 11.3.7) Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.. 11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades de la empresa y de presentación de las ofertas por importe mínimo 670.513,97 Euros. Para determinar la cuantía del volumen de negocios anual mínimo exigible se tendrán en cuenta los umbrales contemplados en el artículo 87.3.a) LCSP. Así, el volumen de negocios anual del licitador o candidato referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser: - al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año (incluidas las prórrogas), y - al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año (incluidas las prórrogas)). 11.5) Situación técnica y profesional: Trabajos realizados (una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos 3 años (máximo tres años), en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El importe mínimo anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado será igual o superior al 70 por cie